Inicio de sucesiones
Reunimos la documentación, redactamos el escrito inicial y presentamos la sucesión ante el juzgado que corresponde según el último domicilio del causante.
Iniciamos y tramitamos sucesiones en Rosario: declaratoria de herederos, inscripción de inmuebles, partición y acuerdos entre herederos. Te explicamos cada paso y qué documentación hace falta.
Cuando fallece un familiar, además del duelo aparecen trámites que no se pueden postergar demasiado: la casa, el auto, las cuentas bancarias. Como abogados de sucesiones en Rosario, nos ocupamos de iniciar la sucesión, obtener la declaratoria de herederos y dejar los bienes a nombre de quien corresponde, con orden y sin sorpresas.
La Dra. Dana Rodríguez está a cargo del área. Trabajamos tanto sucesiones sin testamento (intestadas) como testamentarias, y acompañamos a las familias cuando hay que ponerse de acuerdo sobre qué hacer con los bienes: venderlos, repartirlos o que uno de los herederos compense a los demás.
La sucesión se tramita ante el juzgado del último domicilio de la persona fallecida. Si vivía en Rosario o en la zona, como Funes, Roldán, Pérez, Villa Gobernador Gálvez, Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez o San Lorenzo, te explicamos dónde corresponde iniciarla y qué documentación reunir.
También asesoramos a quienes quieren ordenar su patrimonio en vida, para evitar conflictos y facilitarles el camino a su familia.
Profesional a cargo: Dra. Dana Rodríguez. Atendemos en Rioja 1632, Piso 9, Dpto D, Rosario, Santa Fe.
Reunimos la documentación, redactamos el escrito inicial y presentamos la sucesión ante el juzgado que corresponde según el último domicilio del causante.
Tramitamos la resolución judicial que reconoce quiénes son los herederos, el paso necesario para disponer de los bienes, cobrar saldos bancarios o transferir vehículos.
Si la persona dejó testamento, analizamos su validez, lo presentamos en el juicio y verificamos que respete la porción que la ley reserva a los herederos forzosos.
Gestionamos la inscripción de la declaratoria en el Registro de la Propiedad y los trámites para que casas, terrenos y autos queden a nombre de los herederos o puedan venderse.
Proponemos y redactamos acuerdos de partición para repartir los bienes o adjudicarlos a uno de los herederos, y cuando no hay consenso, planteamos la partición judicial.
Si los herederos deciden vender un inmueble heredado, coordinamos los pasos judiciales y registrales necesarios para que la operación pueda escriturarse.
Retomamos sucesiones que quedaron sin terminar o casos en que hay que tramitar dos sucesiones encadenadas, por ejemplo la de los abuelos y la de los padres.
Asesoramiento sobre testamentos, donaciones y otras herramientas para ordenar el patrimonio en vida, respetando siempre los límites que fija la ley.
Nos reunimos con vos o con la familia, te explicamos quiénes heredan según la ley y armamos la lista de documentos: partidas, títulos, datos de cuentas y vehículos.
Presentamos la sucesión, se publican los edictos para convocar a otros posibles herederos o acreedores y se agregan los informes que pide el juzgado.
Cumplidos los pasos, el juzgado dicta la declaratoria. Te explicamos qué significa y qué se puede hacer con ella desde ese momento.
Inscribimos los bienes a nombre de los herederos y, si corresponde, formalizamos la partición o la adjudicación acordada para cerrar la sucesión en orden.
Como base, el acta de defunción, el DNI de la persona fallecida y las partidas que acrediten el vínculo de cada heredero: nacimiento para los hijos y matrimonio para el cónyuge. Si hay bienes, sirven los títulos de propiedad, datos de las cuentas bancarias y la documentación de los vehículos. Si hay testamento, también hace falta. En la consulta revisamos lo que tenés y lo que falta conseguir.
Depende de varios factores: cuántos herederos hay, si están de acuerdo, qué bienes existen y si la documentación está completa. Una sucesión sencilla, con herederos de acuerdo y papeles en orden, se resuelve bastante más rápido que una con conflictos o bienes en otras provincias. Después de revisar tu caso te damos una estimación realista, sin prometer plazos que no dependen de nosotros.
En primer lugar los hijos y demás descendientes, junto con el cónyuge. Si no hay descendientes, heredan los padres y demás ascendientes junto con el cónyuge. Si no hay ninguno de ellos, hereda el cónyuge, y a falta de todos, los parientes colaterales hasta el cuarto grado. El cónyuge no hereda la mitad de los bienes gananciales que corresponde al fallecido cuando concurre con descendientes, porque ya conserva su propia mitad.
Solo si no tenés herederos forzosos. La ley protege a los hijos, al cónyuge y a los padres con una porción legítima: dos tercios si hay descendientes y la mitad si hay ascendientes o cónyuge. Con el resto podés disponer libremente, incluso a favor de uno de tus hijos. Para que un testamento no genere conflictos conviene redactarlo con asesoramiento.
No hay una multa por no iniciarla, pero sin sucesión los herederos no pueden vender ni escriturar los inmuebles, transferir vehículos ni cobrar los fondos del fallecido. Con el tiempo el trámite suele complicarse: se pierden papeles, fallecen otros herederos y hay que hacer sucesiones encadenadas. Por eso, aunque no haya apuro, conviene iniciarla en un plazo razonable.
El costo incluye la tasa de justicia, los aportes previsionales, la publicación de edictos, los certificados e inscripciones registrales y los honorarios. En Santa Fe, los honorarios de los abogados se rigen por la ley arancelaria provincial y se calculan en relación con el valor de los bienes. En la primera consulta te explicamos con claridad cómo se compone el costo en tu caso.
La sucesión puede avanzar igual hasta la declaratoria de herederos. Mientras no se partan, los bienes quedan en indivisión y las decisiones importantes requieren acuerdo. Si no se logra, cualquier heredero puede pedir la partición judicial, y en algunos casos el juzgado puede ordenar la venta. Antes de llegar a eso, intentamos un acuerdo que evite desgaste y gastos para toda la familia.
Atendemos en Rosario y Funes, Roldán, Pérez, Villa Gobernador Gálvez, Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez, San Lorenzo.
